Micelio
Auto4 de mayo de 2023

A- de 2023

Ponente Natalia Ángel Cabo

Demandante Hernandez Castro Edgardo·Demandado Fondo Nacional De Prestaciones Sociales Del Magisterio Y Otro

Tema · dato duro
Acción De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho De Un Acto Administrativo Ficto Presunto.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo ficto presunto
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia recae sobre el conocimiento de una demanda presentada por un ciudadano en contra del acto administrativo ficto presuntamente emitido como consecuencia del silencio administrativo negativo del FNPSM y el municipio de Soledad, Atlántico.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, la Corte resolvió que, la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de los asuntos en los que se pretenda el reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el no pago oportuno de las cesantías cuando dicha pretensión no se encuentre debidamente contenida en un título ejecutivo claro, expreso y exigible, de conformidad con el artículo 104 de la Ley 1437 de 2011.

Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado Quinto Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para lo de su competencia y para que comunique la decisión a los interesados y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Tercero. Laboral del Circuito de Barranquilla y el Juzgado
  3. Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla es la autoridad competente para conocer de la demanda presentada por Juan Carlos Hernández Boneu en contra del Ministerio de Educación Nacional -Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio- y el municipio de Soledad, Atlántico.
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-2463 al Juzgado
  6. Quinto. Administrativo Oral del Circuito de Barranquilla para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados y al Juzgado
  7. Tercero. Laboral del Circuito de Barranquilla.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.